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Noticias >> La segregación
La segregación  ||
Fecha: 01-07-2019

Segregar una vivienda para venderla a trozos

Que podemos hacer si tenemos una vivienda grande y por circunstancias queremos venderla.

Podemos acudir a la segregación para conseguir una de estas dos cosas; dividirla en trozos para revenderla a un precio mayor o vivir en una parte de la misma y alquilar o vender la otra.

Los expertos apuntan que en el caso de la venta la rentabilidad puede ser según casos de un 30 %, en el caso del alquiler hablan de entre un 20% y un 30%.

Antes de hacer nada los propietarios que quieran segregar un inmueble tendrán que tener presente normativa del lugar donde se encuentra la finca y la Ley de propiedad horizontal si la vivienda se encuentra en una comunidad de propietarios.

Como regla general en los niveles más altos de protección de los edificios, la segregación es imposible. En los más favorables, sin embargo, la unidad mínima es de 38 m2 útiles, por lo que la vivienda original debería tener al menos 76 m2 útiles, si el piso se considera estudio el tamaño podría reducirse a 25 m2.

Para realizar una segregación será necesario:

  • Autorización del órgano administrativo correspondiente.

Ayuntamiento o Comunidad Autónoma

  • Presentación de un proyecto elaborado por un arquitecto colegiado.
  • Que las viviendas resultantes de la segregación sean exteriores. Al menos tres metros de su fachada deben dar a calle o a un patio de más de 12 metros de diámetro.
  • Si la casa forma parte de una comunidad de propietarios deberá incluirse en el orden del día de la Junta de Propietarios. Si algún propietario se viera afectado puede oponerse, siempre y cuando acrediten la realidad de los daños o de los perjuicios que padecerían si la segregación se llevara a cabo.

El acuerdo puede ser aprobado por la junta con una mayoría de las tres quintas partes del total de propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación. Este acuerdo no es necesario si en los estatutos de la comunidad o en la escritura de obra nueva se recoge la posibilidad de los propietarios de segregar los pisos. En este caso, será suficiente que el propietario comunique a la junta que realizará una segregación.

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