LOS ALQUILERES QUE NO SE DECLARAN
El pasado ejercicio Hacienda pidió a miles contribuyentes declaraciones complementarias al observar que no habían incluido los ingresos por sus alquileres.
Te recordamos algunas cosas para el IRPF si alquilas tu casa.
En el caso del típico alquiler
Para el alquiler de larga temporada, te puedes desgravar el 60% de los rendimientos ligados al arrendamiento (la cantidad que resulta de restar a los ingresos de los gastos deducibles, como impuestos, suministros, mantenimiento, etc.)
Entre los gastos deducibles se encuentran los suministros de luz, agua, gas o teléfono, los gastos de conservación y reparación de la vivienda (excluyendo las ampliaciones o mejoras) o los intereses producidos por los préstamos de la compra de dicha casa.
Para el alquiler vacacional
Al igual que en un alquiler de larga temporada, te puedes deducir también los gastos de una vivienda turística. Suministros de luz, agua, gas…, los intereses y demás gastos financieros derivados de la compraventa de la casa, los gastos de reparación y conservación del inmueble, las primas abonadas por contratos de seguro… Estas deducciones serán aplicables durante el tiempo en el que el inmueble está arrendado.
Sin embargo, los propietarios no podrán aplicarse en este caso la reducción del 60% sobre los rendimientos obtenidos.